La “Voluntad Anticipada” una opción humanitaria para casos de muerte cerebral

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– Esta manifestación de voluntad se puede ejercer en el Estado de México

La voluntad anticipada es una de las opciones que tienen los mexiquenses para decidir no someterse a un tratamiento o procedimientos que, por razones médicas, pretendan prolongar la vida de una persona en caso de encontrarse en un estado de salud terminal, y el Estado de México es de las 11 entidades que cuentan con esa alternativa desde el 2008, sumando hasta el momento con 80 solicitudes gestionadas.

El doctor José Edgar Naime Libién, coordinador del programa en la entidad, explicó que ese tipo de voluntad es un documento en el cual la persona en pleno uso de sus facultades mentales, o bien los padres o tutores de menores en etapa final definen como ser tratados medicamente ante enfermedades terminales y accidentes.

El titular de dicho programa dijo que aun cuando es un tema controversial por las cuestiones sociales, religiosas, culturales y médicas que encierra, en la entidad una persona puede decidir si desea hacer uso de la “Voluntad Anticipada” o no, misma que tiene la posibilidad de ser revocada si así lo desea el paciente o los padres de un menor en dicha condición.

El trámite se puede realizar en hospitales públicos y privados, en dicha coordinación y ante un notario público con la presencia de familiares como testigos puede ser el cónyuge o los hijos, de esa solicitud, que no es tardado o engorroso, apuntó.

Esa alternativa permite a los pacientes definir sus tratamientos médicos en caso de tener enfermedades terminales, al ejemplificar con cáncer en etapa terminal, sobre todo de pulmón o páncreas que no son curables, padecimientos autoinmunes, párkinson avanzado, es decir cuando las personas no pueden moverse por sí mismos e incluso pierden la audición o tienen alucinaciones, o bien cuando haya presencia de muerte cerebral.

Naime Libién, señaló que existen muchos casos de enfermos que viven una agonía larga y un encarnizamiento terapéutico pues no hay calidad de vida, tal vez en ese momento pudiera entrar la “Voluntad Anticipada”, de solicitarla tiene una duración de seis meses cuando entra el paciente al hospital en estado grave.

Naime Libién dijo que la Voluntad Anticipada evita gastos innecesarios cuando la vida está perdida y existe agonía, no obstante, aclaró que ese proceso no “es homicidio, ni eutanasia, ni suicido e incluso puede ser revocada en cualquier momento”.

La legislación está basada en la Ley General de Salud, el Código Civil y Penal del Estado y la Comisión de Bioética estatal, no viola los derechos humanos que se puede aplicar en todas las instituciones de Salud pública, sociales y privadas de la entidad, es el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMyM), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).No obstante, recalcó, es un acto voluntario, es decisión del paciente, “continuar los tratamientos o el tratamiento de sostén o soporte, pero ya no con medicamentos que permitan que siga el corazón latiendo, porque al latir el corazón no quiere decir que esté vivo, pues no sabemos si piensa, siente o ve, tenemos encefalogramas planos pero el corazón del paciente late”.

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