El pago de cuotas patronales se podrá diferir hasta por 48 meses, esto luego de que el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social aprobara la medida.
Se podrá firmar un convenio en parcialidades de cuotas al IMSS para diferir el 80% del pago; éste incluye que el pago inicial será de 20% de la cuota patronal y 100% de la obrera.
“El monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación y al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos. El beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual oscila entre 1.26% y 1.82%, en función del plazo elegido por 12, 24 y más de 24 meses, desde el momento de su formalización”, señala el IMSS.
No se necesitará de ningún tipo de garantías por la autorización otorgada a través del Acuerdo del Consejo Técnico número ACDO.AS2.HCT.300419/150.P.DIR, fechado al 30 de abril del 2019.
Si se cubren puntualmente los compromisos, las multas podrían disminuirse. Además, el documento considera descuentos de hasta 7 días por ausentismos en los casos donde subsista la relación laboral; en tanto, se pagará la cuota correspondiente al Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Cabe mencionar que se declararon como días inhábiles para tramitar actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo que comprende del 31 de marzo hasta que se declare el cese a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor decretada por las autoridades ante el COVID-19.