El Tribunal Electoral del Estado de México consideró infundados los perjuicios relacionados con la falta de autorización de los órganos de dirección nacional y estatal del Partido Acción Nacional (PAN) para la firma del convenio de la coalición denominada “Va Por México”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).
Así como los agravios esgrimidos por Enrique Galicia Hernández, representante suplente de Morena ante el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), referentes a la impugnación de la alianza parcial integrada por los partidos ya mencionados para postular candidatos a diputados locales y a los ayuntamientos, bajo el argumento de omisión en señalar en qué distritos y en qué municipios participarían en coalición, en cuáles cederían y aquellos en los cuales encabezarían las candidaturas.
Por lo que los Magistrados del Pleno consideraron válida la aprobación de la unión tripartita emitida por el IEEM, ya que cumple con los requisitos exigidos por la legislación federal y local en la materia, así como con los establecidos en los estatutos de los partidos políticos, en este caso los del PAN.
Por último, en la sentencia se especifica que la legislación no obliga a los órganos partidistas a precisar necesariamente los términos de la coalición previo a su suscripción, pues ello debe formar parte del convenio respectivo.