Penas de hasta 9 años de prisión por Ley Ingrid

Se aprobó de manera unánime que se sanciones con pena de tres a seis años de prisión a cualquier individuo que audiograbe, comercialice, comparta, difunda, exponga, envíe, fotografíe, oferte, reproduzca, transmita o videograbe: imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o miembros de los mismos que se encuentren bajo el resguardo de una investigación penal, informa las Comisiones Unidas del Congreso local.
Cuando se trate de cuerpos, circunstancias de su muerte, lesiones o estado de salud de mujeres, niñas o adolescentes, la pena será de hasta nueve años de prisión.


Si el delito es cometido por un servidor público, ya sea de cualquier institución de seguridad pública, o de impartición o procuración de justicia, la pena incrementará hasta en una tercera parte, es decir dos años más según la pena que se le imponga.


Estas reformas fueron impuestas como una medida preventiva para que evitar este tipo de violencia, para quejas mujeres de igual forma puedan recuperar el control de su imagen y dignidad, iniciativas que nacieron a partir del caso del feminicidio de Ingrid Escamilla, quien fue víctima de feminicidio. Llamándose de esta forma: “Ley Ingrid”.

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