Los gimnasios, cines, teatros y musesos instalados en el Estado de México deben considerar ciertas normas planteadas por la Secretaría de Salud estatal para su operación; la principal es tomar temperatura y aplicar gel antibacterial a los usuarios antes de entrar a los establecimientos.
De acuerdo a la Gaceta de Gobierno del Estado de México del 17 de agosto, los aforos serán determinados de conformidad con el semáforo epidemiológico. Y de acuerdo a la semaforización naranja actual, estos lugares deben limitar su aforo al 30% de capacidad.
Cines y teatros
Durante la permanencia en el Cine y/o Teatro, se deberá utilizar obligatoriamente cubre bocas y/o caretas; y su horario de operación será de 10:00 a 22:00 horas, sin embargo, la última función podrá iniciar a las 20:00 horas; priorizando la desinfección o sanitización exhaustiva y privilegiando la ventilación natural, de no ser posible, el sistema de ventilación solo podrá operar con un mínimo de 40% de aire hacia el exterior.
También deben contar con protocolos específicos de limpieza y desinfección diaria de áreas, superficies y objetos de contacto y de uso común, al tiempo de limpiar de manera continua lámparas, mesas, sillas, barandales, manijas, puertas, superficies horizontales y verticales, aristas y cualquier otro elemento de fácil alcance para los clientes, empleados y proveedores.
Mientras que para el área de taquilla se deberá promover el uso de boletos o accesos electrónicos, fomentando el uso de sistemas de reserva en línea y pago por medios electrónicos previniendo cualquier tipo de contacto personal.
En caso de realizarse la venta de boletaje a través de taquillas, al exterior de estas deberán establecerse marcas en el piso para señalizar los espacios de sana distancia entre las personas que se formen.
Gimnasios y espacios deportivos
Podrán operar en un horario de 6:00 de la mañana a 22:00 y tendrán que cumplir con una serie de lineamientos sanitarios entre los que se encuentran trabajos de desinfección exhaustiva y asegurarse que el espacio cuente con ventilación natural o mecánica.
Los aparatos, equipos o instrumentos utilizados para realizar ejercicio deberán ser limpiados y desinfectados “sanitizados” después de cada uso; capacitar a todo el personal sobre el lavado frecuente de manos en cada cambio de actividad, así como las reglas sobre sana distancia y medidas sanitarias aplicables.
Registro de temperatura corporal de todo el personal, al ingreso de las instalaciones y antes de que concluya el turno mediante el uso de termómetros o sensores de no contacto.
Museos y actividades culturales
Podrán operar en un horario de las 10:00 a las 20:00 horas además de cumplir con procesos de desinfección exhaustiva y que el que el espacio Cultural cuente con ventilación natural o mecánica.
Incrementar la frecuencia de limpieza de los sanitarios en lo general y en objetos susceptibles, como lo son manijas, grifos, dispensadores. Evitar por completo el uso de toallas de tela y contar con dispensadores de toallas de papel desechables.
No se permitirán las visitas en grupos ni se permitirán los recorridos guiados, evitando en cualquier momento las aglomeraciones; y se deberá promover el uso de boletos o accesos electrónicos.
Consulta los lineamientos completos en la Gaceta de gobierno: http://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2020/ago172.pdf.