El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplazó medio año la entrada en vigor de las multas a contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario con sus medios de contacto actualizados, como es el número telefónico o correo electrónico.
Como parte de la Miscelánea Fiscal 2020, a partir del 1 de enero es obligatorio que los contribuyentes habiliten su buzón tributario para recibir todas las notificaciones relacionadas con trámites, atender requerimientos, depositar información fiscal o consultas.
Se fijó como plazo para habilitar el buzón el 31 de marzo para las personas morales y el 30 de abril para las personas físicas, de no hacerlo, los contribuyentes recibirían multas que van de los 3 mil a 9 mil 250 pesos.
Sin embargo, el SAT publicó este 31 de marzo en su página, en la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2020, para aplazar la entrada en vigor de las multas medio año.
Los nuevos plazos para que los contribuyentes habiliten el buzón tributario son, para personas morales el 30 de septiembre y, para personas físicas el 30 de noviembre; después de esas fechas el SAT iniciaría las multas por el incumplimiento.