Después de algunos meses, luego que el Congreso de la Unión aprobara la reforma penal, el Diario Oficial de la Federación publicó que amenazar, condicionar o acosar a los usuarios de servicios financieros, será un delito penal.
Por lo que la cobranza extrajudicial es ya un delito penal y federal que amerita cárcel y multas por parte de quienes realicen estas malas prácticas de recuperación de créditos. Desde hace una semana en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó la reforma en materia penal referente a la cobranza extrajudicial, en donde ya entraron en vigor las penas de dos a cuatro años de prisión y multas que van de 50 mil a 300 mil pesos.
De acuerdo con la reforma aprobada por el Congreso, se adicionó el artículo 248 Bis al Código Penal Federal, con el capítulo de “Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilegal” en donde se especifican las sanciones, además, serán agravantes si se utilizan documentos o sellos falsos, por lo que la pena y la sanción económica aumentarán en una mitad.
Para aquellos despachos que incurran en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal, según quedó establecido en el decreto publicado.
Así que, si usted es víctima de llamadas amenazantes o visitas en las que supuestos abogados pretenden hacerle un cobro sin el debido requerimiento judicial, usted puede acudir a la Fiscalía Regional a presentar la debida denuncia.